PENSION ALIMENTICIA RETROACTIVA Y REGISTRO  DE DEUDORES ALIMENTARIOS.

 

MÉXICO, DF.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) metió en aprietos a las personas que tienen hijos y no los han reconocido por años, pues si se demuestra que éstos sabían que su pareja quedó embarazada antes de abandonarla, tendrán que pagar una pensión alimenticia retroactiva desde el nacimiento.

 

Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala fijó nuevos criterios en relación con la retroactividad de la pensión alimenticia.

 

Los ministros señalaron que la pensión que debe fijarse contra quienes abandonan a sus hijos, se establecerá de acuerdo a su situación económica.

 

 

Asimismo, dejó claro que no importan los años que hayan transcurrido, pues el derecho de los hijos por recibir alimentos es imprescriptible.

 

 

Así lo propuso la ministra Olga Sánchez Cordero, derivado del amparo directo en revisión 5781/2014. Los ministros que la apoyaron fueron Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

 

FUENTE: Rubén Mosso/Milenio Digital

 

REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS

(REDAM)

 

Por otro lado, y siguiendo con el mismo tema de Alimentos, es bueno recordar que todas aquellas personas que no cumplan con su obligación de proporcionar alimentos, serán "inscritos" en el Registro de Deudores Alimentarios (REDAM).

 

Mediante el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), aquellos padres de familia que incumplan con el pago de la pensión alimenticia serán expuestos a fin de persuadirles de hacer valer el derecho de los menores afectados.

 

Eduardo Santillán y Jorge Zepeda Cruz, diputados locales por el PRD e impulsores del aumento en los alcances de la medida que ya se aplica en algunos países del mundo, celebraron la publicación de este nuevo mandato en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

 

Con la entrada en vigor del REDAM desde el año 2011 y las consecuentes reformas al Reglamento del Registro Civil local, se podrán “celebrar convenios con las sociedades de Información Crediticia a fin de proporcionar la información del Registro de Deudores Alimentarios Morosos”. A partir de ese momento, la base de datos podrá ser consultada en el sitio oficial del Registro Civil; ésta deberá ser actualizada mensualmente al recibir datos de los Juzgados de lo Familiar.

 

Una vez que la situación de los padres que hayan incumplido con sus obligaciones, éstos podrán solicitar mediante el mismo juzgado el retiro de sus datos en el registro.

 

REDAM: requisito para contraer matrimonio.

 

También, recordaron los legisladores perredistas, será obligación del Registro Civil el expedir constancias al respecto bajo el título de “Certificado de REDAM”.

 

Cuando una pareja se presente en el Registro Civil con el objeto de contraer matrimonio, las autoridades correspondientes deberán exigir ésta constancia, ya que será uno más de los requisitos indispensables para poder contraer matrimonio.

 

“Ya es un requisito para la celebración del matrimonio tanto un certificado que dé a conocer si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el REDAM, así como tomar el curso prenupcial impartido por el GDF sobre temas como la prevención de violencia familiar, salud sexual y reproductiva, derechos y obligaciones de los cónyuges, régimen patrimonial, entre otros”, abundó el legislador panista Orlando Anaya.

 

Fuente: Consejería Jurídica CDMX.